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Modificaciones en materia de tráfico (desde 25.05.2010)

Modificaciones en materia de tráfico (desde 25.05.2010)

La Ley 18/2009 de 23 de noviembre, modifica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, indicando a continuación algunas novedades a tener en cuenta:

 1.- No se perderán puntos por parar o estacionar en curvas, cambio de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones y carril bus.

2.- Las infracciones leves serán sancionadas con multas de hasta 100 € (según especifique la ordenanza municipal), las graves con 200 € y las muy graves con 500 €.

      Siempre que se proceda al pago de la multa durante los 20 días naturales posteriores a la formulación de la denuncia, la reducción de la sanción será del 50 % y esto supondrá la renuncia a formular alegaciones, teniéndose por no presentadas en caso de que se formulen.

 3.- Desaparece la sanción de la suspensión del permiso o licencia de conducción. 

4.- Se da comienzo al procedimiento para la pérdida de puntos por la  comisión de infracciones relacionadas en el cuadro siguiente: 

Concepto

Puntos

  1. Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:

Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos  años de antigüedad más de 0,30 mg/l).

Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l).

 

 6

 

4

  1. Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.

6

  1. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.

6

 

  1. Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas.

6

  1. Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar.

6

  1. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.

6

  1. La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.

6

  1. Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello.

4

  1. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.

4

  1. Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida.

4

  1. Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.

4

  1. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.

4

  1. Efectuar en cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente.

3

  1. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.

4

  1. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación.

4

  1. No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.

4

  1. Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación.
  2. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado.

3

 

  1. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.  

3

  1. Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducción o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.

4