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Modificaciones en materia de tráfico (desde 25.05.2010)
La Ley 18/2009 de 23 de noviembre, modifica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, indicando a continuación algunas novedades a tener en cuenta:
1.- No se perderán puntos por parar o estacionar en curvas, cambio de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones y carril bus.
2.- Las infracciones leves serán sancionadas con multas de hasta 100 € (según especifique la ordenanza municipal), las graves con 200 € y las muy graves con 500 €.
Siempre que se proceda al pago de la multa durante los 20 días naturales posteriores a la formulación de la denuncia, la reducción de la sanción será del 50 % y esto supondrá la renuncia a formular alegaciones, teniéndose por no presentadas en caso de que se formulen.
3.- Desaparece la sanción de la suspensión del permiso o licencia de conducción.
4.- Se da comienzo al procedimiento para la pérdida de puntos por la comisión de infracciones relacionadas en el cuadro siguiente:
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Concepto |
Puntos |
Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l). Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l). |
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